La UE da luz verde al decreto de pisos turísticos de la Comunidad de Madrid

Los pisos turísticos aumentan…
La Comisión Europea no plantea observaciones al borrador remitido hace tres meses por el Gobierno de Cristina Cifuentes
La Unión Europea ha dado el visto bueno al nuevo decreto con el que el gobierno de la Comunidad de Madrid modificará la regulación de las viviendas de uso turístico.
Ha sido la Secretaría de Estado para la Unión Europea el organismo que ha certificado que «el proyecto puede seguir su tramitación administrativa», lo que supone, como ha explicado Jaime de los Santos, consejero de Turismo regional, que la Comisión Europea «respalda el texto que tiene como objetivo principal ordenar una actividad compleja y muy novedosa».
Como novedad destacable del borrador presentado por el Gobierno de Cristina Cifuentes está la creación de un Certificado de Idoneidad para las viviendas de Uso Turístico (CIVUT).
Este documento, que podrá ser expedido por un arquitecto o ingeniero, permitirá a los propietarios de inmuebles dar de alta sus viviendas en el Registro de la Comunidad de Madrid. Además, certificará que el inmueble en cuestión cumple con todos los requisitos fijados por la nueva normativa, lo que dará seguridad no solo a los consumidores, sino también a los propietarios y al vecindario en el que se ubique la vivienda.
Por primera vez, la Comunidad de Madrid define el concepto de canal de oferta turística, en el que se integran las plataformas online. El gobierno regional quiere sacar del actual limbo a estas plataformas, que pasarán a ser consideradas empresas turísticas y, como tal, tendrán que cumplir las obligaciones legislativas.
Las plataformas, por tanto, deberán responsabilizarse de publicitar en sus webs solo aquellas viviendas de uso turístico que estén dadas de alta en el Registro y cumplan la ley. En caso contrario, podrán ser objeto de expedientes disciplinarios y de sanciones de hasta 300.000 euros.
A partir de que entre en vigor el nuevo decreto, los propietarios deberán identificar ante la Policía a sus «clientes». También tendrán que contratar un seguro de responsabilidad civil; poseer hojas de reclamación a disposición de los usuarios; disponer de calefacción en funcionamiento, suministro de agua fría y caliente y fuentes de energía suficientes y respetar la ratio de capacidad de personas que se pueden alojar en función de las dimensiones de la vivienda.
Asimismo, dispondrán de información sobre teléfonos y direcciones de los servicios de emergencia y sanitarios en al menos dos idiomas y de ventilación directa al exterior. Por último, las viviendas deberán disponer de un extintor, de señalización básica de emergencia así como situar en un lugar visible un plano de evacuación del edificio y de la vivienda.
El borrador también fija una ratio máxima de personas alojadas en función del número de metros cuadrados útiles de la vivienda. En viviendas inferiores a 25 metros cuadrados útiles se podrán alojar hasta dos personas; en viviendas de entre 25 y 40 metros cuadrados útiles podrán alojarse hasta cuatro personas y por cada 15 metros cuadrados útiles adicionales se permitirán dos personas más.
Asimismo, se obliga a los gestores o propietarios a facilitar a los turistas información sobre las normas de civismo para que el resto de vecinos del edificio no sufran las continuas idas y venidas de «turistas alborotadores».