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Rechazan la querella contra la consejera de Sanidad de CyL

Verónica Casado

La consejera de Sanidad de Castilla y León, Verónica Casado, en una captura de Youtube

Porque no ha quedado demostrado, ni por indicios, que incumpliera su obligación de proveer de EPIs al personal sanitario a su cargo

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha acordado no admitir la querella por delito contra la seguridad e higiene en el trabajo presentada por el sindicato médico CESM contra la consejera de Sanidad de Castilla y León, Verónica Casado.

La Sala estima en un auto que puede leer aquí que ‘no cabe tachar su actuación de conducta tipificada en los artículos 316 y 317 del Código Penal, ya que no ha quedado acreditado, ni de forma indiciaria, que no cumpliera con la obligación de proveer de los equipos de protección individual al personal sanitario a su cargo, en la medida de sus posibilidades’.

‘Tampoco cabe reprochar que no se contrastara debidamente la adecuación de dichos medios para preservar del riesgo de contagio, pues estaban amparados por una homologación (GB2626-2006) reconocida como válida por el Ministerio de Industria Comercio y Turismo, lo que en principio podía estimarse suficiente para su inmediata entrega, habida cuenta la imperiosa necesidad de dotar al personal sanitario de dichos equipos y las dificultades para proveerse de los mismos, circunstancias reconocidas tanto a nivel europeo, como nacional, todo ello sin perjuicio de las responsabilidades administrativas que pudieran derivarse al amparo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales’, señala el Tribunal.

Dos juzgados de Aragón han condenado a la Servicios Públicos de Salud por la falta de EPIs

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