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Ratifican la condena al gobierno de Aragón por no dar EPIs a los sanitarios

Javier Lambán

El socialista Javier Lambán es el presidente de Aragón (RTVE)

El TSJ desestima los recursos presentados por el gobierno de Aragón contra las sentencias que le obligan a dotar de equipos COVID a los sanitarios de Huesca y Teruel

‘La normativa nacional existente prevé la posible aparición de enfermedades infeccioso contagiosas y epidémicas’

‘Existió en las administraciones demandadas una falta de previsibilidad’

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón han desestimado los recursos presentados contra las sentencias que condenaron al Gobierno de Javier Lambán a proporcionar a los sanitarios equipos de protección individual adecuados ante el riesgo de contagio o infección por el Covid-19.

Los magistrados de la Sala comparten las conclusiones de los jueces argumentando que ‘en este caso, la aparición de la epidemia en la provincia no fue un acontecimiento de fuerza mayor, y, por ende, causa de imposible cumplimiento por la Administración empleadora de las medidas adecuadas de previsión de riesgo de su personal sanitario’.

En sus razonamientos reiteran que la normativa nacional existente ‘prevé la posible aparición de enfermedades infeccioso contagiosas y epidémicas’ y que en España está vigente la normativa epidemiológica internacional por lo cual concluyen que ‘la aparición de cualquier enfermedad contagiosa epidémica es un acontecimiento previsible y previsto en la normativa y en la Administración Pública Española, que en absoluto puede considerarse como caso fortuito de fuerza mayor respecto al cumplimiento de las medidas de prevención de riesgos establecidas’.

Igualmente expresan que existió en las administraciones demandadas una falta de previsibilidad como empleadoras y que no han logrado probar ‘haber actuado con la diligencia debida para proteger a los profesionales sanitarios’ por lo que, las demandadas, ‘sí han incurrido en infracción en materia de prevención de riesgos laborales’ tal y como también señalaron las sentencias recurridas.

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