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Hasta 49.000 euros de multa por no dar EPIs a los médicos

Ana Barceló Chico

Ana Barceló Chico es la consejera de Sanidad Universal y Salud Pública de la Comunidad Valenciana desde junio de 2019 (Foto: Twitter)

Un juzgado de Alicante condena a la Consejería de Sanidad de la Comunidad Valenciana a indemnizar a los médicos por no proveerles de suficientes equipos de protección durante la primera ola de la pandemia de Covid-19

Fija cuantías de entre 5.000 y 49.000 euros para 153 facultativos

La sentencia establece que el incumplimiento de las medidas de prevención supuso ‘un grave riesgo para la seguridad y la salud de todos los trabajadores sanitarios’

En junio de 2020 un juzgado de Teruel condenó a la Administración por no facilitar EPIs a los sanitarios

En febrero del año pasado el Tribunal Supremo apreció vulneración de derechos en la falta de equipos de protección individual para enfrentarse a la pandemia

El Juzgado de lo Social número 5 de Alicante ha condenado a la Conselleria de Sanidad de la Generalitat Valenciana a indemnizar a 153 médicos con cantidades que oscilan entre los 5.000 y los 49.180 euros por no proveerles de suficientes equipos de protección individual (EPI) durante la primera ola de la pandemia por Covid-19.

La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, estima así parcialmente la demanda presentada por el sindicato de la Confederación Estatal de Sindicatos de Médicos de la Comunidad Valenciana (CESM-CV).

El juez ha dictaminado que el incumplimiento de las medidas de prevención individual supuso ‘un grave riesgo para la seguridad y la salud de todos los trabajadores sanitarios, especialmente para el personal facultativo, por su exposición directa al riesgo de contagio que ha significado’. Por esta razón, los médicos demandantes ‘tienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios personales y morales ocasionados’, añade.

El fallo, que puede leer aquí, recoge que la Consejería de Ana Barceló Chico infringió su obligación de protección ‘desde el conocimiento que se tenía de la existencia de una pandemia de Covid-19 y, especialmente, desde la declaración del estado de alarma’. En esta línea, el juzgado condena a la Administración sanitaria a dotar a los trabajadores sanitarios de determinados equipos de protección frente al coronavirus, incluidos aquellos que prestan atención domiciliaria.

‘Resumiendo, existe incumplimiento de normas de prevención y este incumplimiento causó un daño moral o inmaterial en perjuicio de los trabajadores’, señala el magistrado, daños entre los que figuran ‘el sufrimiento, la angustia, el dolor y la afectación de las relaciones familiares y sociales’.

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