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Bruselas impone a Google una multa de 4.340 millones

Google

Sede de Google en Mountain View, California

La Comisión acusa a la tecnológica de prácticas ilegales en relación con los dispositivos móviles Android para reforzar la posición dominante del motor de búsqueda de Google

La Comisión Europea (CE) ha impuesto a Google una multa de 4.340 millones de euros por vulnerar las normas antimonopolio de la Unión Europea (UE).

Las autoridades europeos acusan a Google de haber impuesto desde 2011 restricciones ilegales a los fabricantes de dispositivos Android y a los operadores de redes móviles para consolidar su posición dominante en los servicios de búsqueda general en internet.

Google debe ahora poner fin de manera efectiva a esta conducta en un plazo de 90 días o hacer frente a multas coercitivas de hasta el 5% del volumen de negocios mundial medio diario de Alphabet, la sociedad matriz de Google.

La comisaria Margrethe Vestager, responsable de la Política de Competencia, ha detallado esta mañana, durante la rueda de prensa convocada para explicar la sanción, que Google ha impuesto tres tipos de restricciones a los fabricantes de dispositivos Android y a los operadores de redes para asegurarse de que el tráfico en los dispositivos Android se dirige al motor de búsqueda Google.

Lo que ha hecho Google es utilizar Android como vehículo para consolidar el dominio de su motor de búsqueda, lo que ha privado a sus competidores de la posibilidad de innovar y competir al mismo tiempo que impedía a los consumidores europeos beneficiarse de una competencia efectiva en un ámbito tan importante como el móvil. Algo que va en contra de las normas de defensa de la competencia de la UE.

En particular, Google ha obligado a los fabricantes a preinstalar la aplicación Google Search y el navegador Chrome como condición para conceder la licencia de su tienda de aplicaciones, Play Store; ha realizado pagos a determinados grandes fabricantes y operadores de redes móviles a condición de que preinstalaran exclusivamente la aplicación Google Search en sus dispositivos; y ha impedido a los fabricantes que deseaban preinstalar aplicaciones de Google vender un solo dispositivo móvil inteligente que funcione en versiones alternativas de Android no aprobadas por Google (las denominadas «bifurcaciones de Android»).

Google, que obtiene la inmensa mayoría de sus ingresos gracias a su motor de búsqueda, entendió pronto que la transición de los ordenadores de sobremesa a la internet móvil, que se inició a mediados del 2000, representaría un cambio fundamental para Google Search. En ese momento desarrolló una estrategia para anticipar los efectos de este cambio y asegurarse de que los usuarios siguieran utilizando Google Search también en sus dispositivos móviles.

En 2005, compró el desarrollador original del sistema operativo móvil Android. Desde ese momento comenzó a desarrollarlo hasta lograr que, hoy en día, en torno al 80% de los dispositivos móviles inteligentes de Europa, y de todo el mundo, funcionan con Android.

Cuando Google desarrolla una nueva versión de Android, publica el código fuente en línea. En principio, ello permite a terceros descargar este código y modificarlo para crear bifurcaciones de Android. El código fuente de Android públicamente accesible incluye las características básicas de un sistema operativo móvil inteligente, pero no las aplicaciones y servicios Android exclusivos de Google.

Así pues, los fabricantes de dispositivos que desean obtener esas aplicaciones y servicios deben suscribir los contratos en los que Google impone algunas restricciones, que se han extendido a grandes operadores de redes móviles.

La Comisión concluye que Google tiene una posición dominante en los mercados de servicios de búsqueda general en internet, en los sistemas operativos móviles inteligentes con licencia y en las tiendas de aplicaciones para el sistema operativo móvil Android.

Domina los mercados nacionales de búsqueda general en internet en todo el Espacio Económico Europeo (EEE), es decir, en los 31 Estados miembros del EEE. Tiene cuotas de más del 90% en la mayoría de los Estados miembros del EEE.

A través de su control sobre Android, ocupa una posición dominante en el mercado mundial (excluida China) de los sistemas operativos móviles inteligentes con licencia, con una cuota de mercado superior al 95%. Cuantos más usuarios utilizan un sistema operativo móvil inteligente, más desarrolladores preparan aplicaciones para ese sistema, lo que, a su vez, atrae a más usuarios.

La tienda de aplicaciones de Google, Play Store, representa más del 90% de las aplicaciones descargadas en los dispositivos Android (excluida China).

La posición dominante, como tal, no es ilegal. Sin embargo, las empresas con posición dominante son especialmente responsables de no abusar de su dominio. Y Google ha participado en tres tipos de prácticas diferentes, cuyo objetivo en todos los casos era consolidar su posición dominante en la búsqueda general en internet.

Ofrece sus aplicaciones y servicios móviles a los fabricantes de dispositivos en forma de paquete, que incluye la Google Play Store, la aplicación Google Search y el navegador Google Chrome. Las condiciones de licencia de Google impiden que los fabricantes preinstalen algunas aplicaciones, pero no otras.

En el marco de la investigación de la Comisión, los fabricantes de dispositivos confirmaron que la Play Store es una aplicación imprescindible, puesto que los usuarios cuentan con tenerla preinstalada en sus dispositivos (sobre todo, porque legalmente no la pueden descargar ellos mismos).

La decisión de la Comisión llega a la conclusión de que Google ha participado en dos casos de vinculación ilegal:

En primer lugar, la vinculación de la aplicación Google Search. Como resultado, Google se ha asegurado la preinstalación de su aplicación Google Search en prácticamente todos los dispositivos vendidos en el EEE. Las aplicaciones de búsqueda representan un importante punto de entrada para las búsquedas en los dispositivos móviles. La Comisión ha considerado que esta práctica es ilegal desde 2011, año en el cual Google pasó a ocupar una posición dominante en el mercado de tiendas de aplicaciones para el sistema operativo móvil Android.

En segundo lugar, la vinculación del navegador Google Chrome. Como resultado, Google se ha asegurado la preinstalación de su navegador móvil en prácticamente todos los dispositivos Android vendidos en el EEE. Los navegadores también representan un importante punto de entrada para las búsquedas en los dispositivos móviles y Google Search es el motor de búsqueda por defecto en Google Chrome. Para la Comisión, esta práctica vinculante es ilegal desde 2012, año a partir del cual Google incluyó el navegador Chrome en su paquete de aplicaciones.

La preinstalación puede crear un sesgo a favor del status quo. Es decir, si los usuarios encuentran aplicaciones de búsqueda y navegación preinstaladas en sus dispositivos probablemente continuarán utilizando esas aplicaciones.

Por ejemplo, en 2016, en los dispositivos Android, con Google Search y Chrome preinstalados, más del 95% de todas las búsquedas se realizaron a través de Google Search; y en los dispositivos de Windows Mobile, en los que Google Search y Chrome no están preinstalados, menos del 25% de todas las búsquedas se realizaron a través de Google Search. Más del 75% de las búsquedas se hicieron en el motor de búsqueda Bing de Microsoft, preinstalado en los dispositivos de Windows Mobile.

Así pues, la práctica de Google ha reducido los incentivos de los fabricantes para preinstalar aplicaciones de búsqueda y de navegación competidoras, así como los incentivos de los usuarios para descargar dichas aplicaciones. Se redujo por tanto la capacidad de los rivales de competir de manera efectiva con Google.

Google

La cotización de la tecnológica no parece haberse resentido…

Google obtiene miles de millones de dólares de ingresos anuales solo con su Play Store, recopila a partir de los dispositivos Android numerosos datos que son valiosos para su negocio de búsqueda y publicidad, e incluso se habría beneficiado de una importante fuente de ingresos procedente de la publicidad en los motores de búsqueda sin las restricciones.

Además, concedió importantes incentivos financieros a algunos de los mayores fabricantes de dispositivos, así como a operadores de redes móviles, a condición de que preinstalaran exclusivamente Google Search en toda su cartera de dispositivos Android. Esta práctica perjudicó la competencia al reducir de forma significativa sus incentivos para preinstalar aplicaciones de búsqueda competidoras.

La investigación de la Comisión ha demostrado que un motor de búsqueda rival no habría podido compensar a un fabricante de dispositivos o a un operador de redes móviles por la pérdida de los pagos de la cuota de ingresos de Google y seguir obteniendo beneficios. Ello se debe a que, incluso en el caso de que el motor de búsqueda rival se preinstalara solo en algunos dispositivos, se habría tenido que compensar al fabricante de dispositivos o al operador de redes móviles por la pérdida de la cuota de ingresos procedente de Google en todos los dispositivos.

Sobre esta base, la Comisión determina que la conducta de Google fue ilegal entre 2011 y 2014. En 2013 (después de que la Comisión empezara a examinar esta cuestión), Google fue suprimiendo gradualmente el requisito hasta que dejó de hacerlo definitivamente a partir de 2014.

La Comisión concluye, en primer lugar, que las prácticas de Google han privado a los motores de búsqueda rivales de la posibilidad de competir en función de los méritos. Asimismo, entorpeció el desarrollo de bifurcaciones de Android, que podrían haber proporcionado una plataforma para que los motores de búsqueda rivales obtuvieran tráfico. Además, perjudicó la competencia y obstaculizó la innovación en el ámbito móvil en general, más allá de las búsquedas en internet, al evitar la competencia efectiva de otros navegadores móviles con el navegador Google Chrome preinstalado. Por último, obstruyó el desarrollo de bifurcaciones de Android, que podrían haber proporcionado una plataforma para que prosperaran también otros desarrolladores de aplicaciones.

La multa de la Comisión por importe de 4.342.865.000 de euros tiene en cuenta la duración y la gravedad de la infracción. La decisión de la Comisión exige a Google poner fin a su conducta ilegal de manera efectiva en un plazo de 90 días a partir de la decisión.

Como mínimo, Google debe interrumpir y no volver a participar en ninguno de los tres tipos de prácticas. La decisión también exige a Google que se abstenga de adoptar cualquier medida cuyo objeto o efecto sea idéntico o equivalente a esas prácticas.

Si Google no garantiza el cumplimiento de la decisión de la Comisión, se le podrán imponer multas por incumplimiento de hasta el 5% del volumen de negocios mundial medio diario de Alphabet, la empresa matriz de Google.

Por último, Google también debe hacer frente a las demandas por daños y perjuicios que puedan ser ejercitadas ante los tribunales de los Estados miembros por cualquier persona o empresa afectada por su comportamiento contrario a la competencia. Gracias a la nueva Directiva de la UE sobre acciones por daños por infracciones de la normas de defensa de la competencia, las víctimas de las prácticas contrarias a la competencia pueden obtener más fácilmente el resarcimiento de los daños y perjuicios.

No es la primera vez que Bruselas «regaña» a la tecnológica con sede en California. En junio de 2017, la Comisión impuso a Google una multa de 2.420 millones de euros por abusar de su posición dominante como motor de búsqueda al otorgar una ventaja ilegal a su propio servicio de comparación de precios. En la actualidad, la Comisión vigila activamente el cumplimiento por Google de esa decisión.

Asimismo, la Comisión también continúa investigando las restricciones que Google ha impuesto a la capacidad de algunos sitios web de terceros de exhibir anuncios asociados a búsquedas de competidores de Google (asunto AdSense). En julio de 2016, la Comisión llegó a la conclusión preliminar de que Google había abusado de su posición dominante en un asunto relativo a AdSense.

La Comisión incoó un procedimiento relativo a la conducta de Google en relación con el sistema operativo y las aplicaciones Android en abril de 2015 y envió un pliego de cargos a Google en abril de 2016.

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