Se crea el primer registro de impagados judiciales

Victoria Ortega es la presidenta de Abogacía Española
La Abogacía Española se coloca a la vanguardia en la lucha contra la morosidad
El primer fichero online de morosos permitirá reclamar o consultar deudas líquidas, vencidas, exigibles y reconocidas en sentencia firme cumpliendo con la normativa vigente y garantizando la seguridad jurídica
El Consejo General de la Abogacía Española ha presentado el Registro de Impagados Judiciales (RIJ), un fichero de morosidad pionero en España que servirá para reclamar deudas líquidas, vencidas, exigibles y reconocidas por una sentencia judicial.
El registro -operativo desde mayo- supone una novedad de carácter mundial en la lucha contra la morosidad y posiciona a España a la vanguardia de la innovación y adaptación de la sociedad a las nuevas tecnologías.
A disposición de los 150.000 abogados españoles, éstos sólo tendrán que sufragar un pequeño coste -en nombre del cliente- por el alta de la deuda. La consulta será totalmente gratuita y el sistema favorecerá el derecho a la tutela judicial efectiva y el cumplimiento de las sentencias firmes.
Y todo ello cumpliendo con la nueva Ley General de Protección de Datos, la Ley de Protección del Derecho al Honor y el Código Deontológico de la Abogacía, garantizando la seguridad jurídica.
Resoluciones judiciales como los impagos de las pensiones de alimentos, deudas entre particulares, incumplimientos en contratos de alquiler o de compraventa de mercancías y hasta la morosidad de instituciones condenadas a pagar por sentencia firme se incluirán en este nuevo registro con validez en toda España. Es más, por primera vez los abogados contarán con un registro para consultar datos sobre impago de honorarios de letrados.
Además, servirá para mejorar la información de riesgo de insolvencia de empresas y personas físicas.
En 2017 y según la Memoria del CGPJ, se ejecutaron en España más de 2,39 millones de sentencias que han dado lugar a 1.936.796 títulos judiciales, 394.414 ejecuciones penales y 44.632 ejecuciones en la jurisdicción social, además de las 6.670 reclamaciones de cantidad derivadas de laudos arbitrales. Miles de estas sentencias o laudos arbitrales quedaron incumplidos o tienen un cobro infructuoso dejando a los ciudadanos indefensos ante los morosos.
El RIJ nace como una herramienta para que los acreedores a los que un juzgado les haya reconocido su derecho al cobro de una deuda por resolución judicial firme, de mayores garantías para el cumplimiento de la misma, reforzando y garantizando su derecho a la tutela judicial efectiva y a que se cumpla la ejecución de la sentencia.