Recurren el archivo del «caso ébola»

Los funcionarios no tragan con la decisión judicial
Según los sindicatos, «hasta que no se produjo la infección de Teresa Romero no se adoptaron medidas de seguridad»
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha interpuesto recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid contra el auto de archivo del «caso ébola».
El sindicato de funcionarios, que ya presentó la denuncia por delitos contra la salud pública y la seguridad de los trabajadores por la denominada «crisis del ébola», ha recurrido de manera conjunta con la Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid (AFEM) y el Sindicato de Auxiliares de Enfermería (SAE).
En el recurso presentado contra el archivo de la causa abierta por el contagio de Teresa Romero, los recurrentes señalan que la juez instructora «ha excedido el juicio indiciario propio de esta fase, al introducir elementos de valoración propios del plenario».
La titular del Juzgado de Instrucción número 21, Teresa Abad, archivó el caso al considerar que no estaba debidamente acreditada la existencia de un delito contra la seguridad e higiene de los trabajadores.
El recurso contra la decisión judicial incide en que, según la defensa de los sindicatos y de la propia Romero, las pruebas practicadas y los diferentes testimonios aportados a la causa han acreditado la «total falta de control en la formación que se debía impartir a los trabajadores que intervinieron en el cuidado de los misioneros infectados de EVE y la inexistencia de la adopción de las medidas de formación teórica y práctica obligatoria que exigía la grave situación de alarma sanitaria».
«No puede su señoría entender acreditada la existencia de dicha formación a los trabajadores cuando la Administración no ha aportado las listas de asistentes a dicha formación, las sesiones tan sólo fueron teóricas y voluntarias y, por ello, no fueron impartidas a todos los trabajadores», señala el recurso.
En este sentido, el escrito recuerda que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que el empresario debe garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con su trabajo, y añade que el trabajador debe ser protegido hasta de su propia imprudencia profesional. El recurso subraya que hasta que no se produjo la infección de la auxiliar de enfermería Teresa Romero no se adoptaron medidas de seguridad acordes a la gravedad y riesgo de infección del virus.
«Que el riesgo era mitigable no lo decimos nosotros, lo dicen los informes realizados por la Inspección de Trabajo y las declaraciones de las testigos en sede judicial», agrega el escrito de CSIF y las otras dos organizaciones. Precisamente, estas testigos denunciaron de manera sistemática la insuficiencia de formación, ya que, según relataron, ésta consistió en una charla teórica de 45 minutos sin formación práctica para la instalación de los trajes de protección (EPI) o para el acceso a zonas de máximo riesgo.
Por otra parte, CSIF aportó una serie de informes y requerimientos de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social que no han sido valorados por la instructora, pese a que cuentan con información suficiente sobre el incumplimiento de los protocolos de seguridad aprobados. De igual manera, tampoco se accedió a la prueba testifical tanto de CSIF (médicos, camillero y conductor que acudieron al domicilio de Teresa Romero) como de AFEM (facultativos de La Paz-Carlos III), aunque no existe resolución que deniegue la práctica de estas pruebas.
«Consideramos que la desatención con la que se ha tratado en el procedimiento a los pedimentos de CSIF y AFEM vulnera sus derechos fundamentales y por ello debe ser anulado el auto que cierra el procedimiento», subraya el recurso de apelación, que añade que el auto recurrido no hace referencia en ningún momento a las denuncias de CSIF contra el SUMMA 112 y contra el Hospital Carlos III-La Paz ni a las resoluciones de la Inspección de Trabajo que dan respuesta a las denuncias de este sindicato.