Prohibido «tirar» de tarjeta para gastos de representación

Sáenz de Santamaría dice basta al dispendio
El Consejo de Ministros presenta 40 medidas de regeneración democrática
El Gobierno ha aprobado hoy un plan de 40 medidas dirigidas a reforzar el control de la actividad económica y financiera de los partidos, a mejorar la regulación del ejercicio de cargos públicos, especialmente en la Administración General del Estado y a implantar medidas penales y procesales de lucha contra la corrupción. La vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría, quien ha presentado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros dicho plan, ha anunciado que éste responde al compromiso expresado por el presidente del Gobierno en el debate sobre el estado de la nación.
A fin de reformar el control de la actividad de los partidos, el Gobierno propone, entre otras medidas, regular la figura del responsable económico financiero de los partidos que, además, deberá comparecer anualmente en el Parlamento, retener las subvenciones a los partidos que no presenten sus cuentas y obligarles a estar al corriente de obligaciones tributarias y de seguridad social para poder recibir subvenciones.
El Plan pretende también, ha señalado la vicepresidenta, que «se sepa de verdad qué derechos y obligaciones tienen los cargos públicos«, que sus gastos de representación sean exclusivamente para los usos que fije la ley, prohibir el uso de las tarjetas de crédito y ampliar el número de altos cargos sometidos al control reforzado de sus actividades económicas.
También , como refuerzo a estas medidas, el Gobierno busca dar una respuesta penal a la corrupción. Para ello se creará un nuevo tipo delictivo de financiación ilegal de partidos, se revisarán distintos tipos penales (prevaricación, cohecho, tráfico de influencias), se ampliará la prohibición de contratar con las administraciones públicas y se incluirán medidas para agilizar los procedimientos.
Para el control de la actividad económica de los partidos políticos las medidas propuestas por el Ejecutivo son las siguientes:
Responsabilidad en las cuentas. Regulación de la figura del responsable de la gestión económico-financiera de los partidos.
Rendición de cuentas. Comparecencia anual obligatoria en el Parlamento del responsable de la gestión económica-financiera de los partidos políticos.
Obligatoriedad de presentación de cuentas. Obligación de todos los partidos políticos de presentar sus cuentas al Tribunal de Cuentas, independientemente de si reciben o no subvenciones.
Transparencia en las cuentas. Obligación de reflejar en la cuenta de ingresos de los partidos políticos todas las subvenciones, así como las donaciones que superen la cuantía que se establecerá en la ley.
Regulación de la aprobación de cuentas. Regulación obligatoria, en los estatutos de cada partido, del procedimiento de aprobación de sus cuentas.
Regulación de las contrataciones. Obligación de aprobar directrices de contratación por parte de los partidos políticos.
Definición, control y registro de fundaciones y asociaciones vinculadas. Determinación explícita de los criterios que determinan la vinculación a un partido político; refuerzo de los mecanismos de control sobre su actividad económica y financiera; e inscripción obligatoria en el Registro de Partidos, de forma que cada partido político declare qué entidades se encuentran vinculadas a ellos.
Colaboración pública y privada en la fiscalización de las cuentas. Refuerzo de la fiscalización mediante fórmulas de colaboración entre el Tribunal de Cuentas y organismos públicos como la Agencia Tributaria, las Entidades Gestoras de la Seguridad Social y la Oficina de Conflictos de Intereses; y de las entidades de crédito con el Tribunal de Cuentas.
Ampliación del régimen de infracciones y de sanciones. Se amplían las infracciones aplicables a los partidos políticos, incluyendo -además de las muy graves- las infracciones graves y leves, con sus correspondientes plazos de prescripción; se prevén sanciones para las nuevas infracciones graves y leves.
Refuerzo del cobro de las sanciones. Posibilidad de cobro de las sanciones en periodo ejecutivo por parte la Agencia Tributaria.
Mejora del procedimiento sancionador. Clarificación del procedimiento sancionador, subsanando deficiencias en la normativa.
Retención y control de las subvenciones. Retención del pago de subvenciones a los partidos políticos que no presenten sus cuentas, previa comunicación del Tribunal de Cuentas; además, se da rango legal a la obligación de los partidos políticos de cumplir los mismos requisitos que cualquier otra entidad privada para concurrir a las convocatorias de subvenciones.
Creación de partidos. Se elimina el requisito de nacionalidad española para para crear partidos políticos, en coherencia con la normativa comunitaria.
Por lo que respecta a la regulación del ejercicio de cargo público de la Administración General del Estado, el plan contempla las siguientes medidas:
Delimitación de obligaciones y derechos del cargo público. Establecimiento, en una norma con rango legal, de las obligaciones y derechos de los cargos públicos de la Administración General del Estado, corrigiendo la actual dispersión normativa.
Concreción del ámbito de aplicación. Definición explícita del concepto de cargo público de la Administración General del Estado.
Transparencia. Mayor publicidad de las declaraciones de bienes y derechos patrimoniales.
Concreción presupuestaria de las retribuciones. Las retribuciones de los cargos públicos deberán figurar en las normas presupuestarias de forma clara y homogénea.
Homologación total del régimen de protección social. Los altos cargos contribuirán al régimen de protección social en las mismas condiciones que el resto de trabajadores públicos y, por lo tanto, con los mismos derechos en el régimen de pensiones públicas.
Concreción de los gastos de representación. Delimitación de los usos a los que pueden ser destinados los gastos de representación. Los límites fijados en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en ningún caso podrán ser ampliados.
Prohibición de tarjetas de crédito. Justificación estricta de los gastos reembolsables, acreditando su necesidad para las funciones inherentes al cargo.
Refuerzo de la oficina de conflicto de intereses. Ampliará sus funciones y reforzará sus medios.
Fiscalización. Fiscalización ex post del patrimonio de los cargos públicos por parte de la Oficina de Conflicto de Intereses, una vez abandonen su puesto, para detectar las situaciones de enriquecimiento injustificado.
Colaboración. Colaboración de la Oficina de Conflicto de Intereses con organismos como la Agencia Tributaria.
Control. Modificación de la Ley de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo para ampliar el elenco de «personas con responsabilidad pública».
Como ha explicado la vicepresidente del Gobierno se trata de acabar con la dispersión de la normativa que regula la actividad pública y acabar con la convicción instaurada entre los ciudadanos de que los cargos públicos disponen de una serie de derechos que ellos no disfrutan.