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Los TCP de las aéreas son sometidos a doble tributación

Avión SAS

La compañía irlandesa SAS tiene centro de trabajo en España

USO acusa a las compañías aéreas SAS, Finnair y Ryanair de obligar a sus tripulantes de cabina españoles a tributar dos veces

El sindicato ha solicitado a la Dirección General de Tributos que defina el criterio que deben seguir estos trabajadores para declarar sus ingresos, pues pierden unos 150 euros al mes

La Unión Sindical Obrera (USO) denuncia que las compañías aéreas SAS Ireland y Finnair, con centro de trabajo en España, están obligando a sus tripulantes de cabina de pasajeros a tributar por sus remuneraciones tanto en España como en Irlanda y Finlandia, los países de origen de las compañías.

Los de Ryanair, por su parte, tributan lo percibido por vuelos domésticos en España y por los internacionales en Irlanda a pesar de que su base y su residencia sean españolas.

Los ingresos de estos trabajadores que residen en España y que son unos 100 en el caso de la irlandesa SAS, son sometidos a retención tanto por el IRPF como por el impuesto personal que gira sobre la renta destinado al rescate de la banca irlandesa.

En Finnair, otros 100 trabajadores tienen tratamiento de no residentes en el país nórdico con retención en fuente del 35%, con opción a tributar por el IRPF finlandés -tax card-.

En el caso de los tripulantes de la irlandesa Ryanair, que realiza tanto tráfico internacional como doméstico, somete a la fiscalidad irlandesa la parte correspondiente a tráfico internacional, mientras que retiene por el IRPF español la parte correspondiente a los vuelos domésticos.

Para evitar la doble imposición se aplican los tratados, en este caso entre España e Irlanda y entre España y Finlandia. Sin embargo, los trabajadores ven cómo en sus nóminas se les retiene el IRPF español por las mismas remuneraciones, una doble retención que les supone una merma de 150 euros al mes.

«En total, más de 2.000 tripulantes de cabina y pasajeros están soportando que sus salarios sean sometidos a retención tanto en España como en los países de origen de las aerolíneas, en una nueva burla a la legislación española», explica Sara García, secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral de USO.

Por ello, el sindicato ha solicitado a Hacienda que aclare si es legal que se les retenga en dos países con independencia de la obligación final del trabajador residente en España de someter al IRPF su renta mundial; si es legal la práctica de las empresas de evitar la doble retención con acuerdos individuales; y, en el caso irlandés, cuál debe ser el tratamiento en la declaración de la renta española de las cantidades abonadas al fisco irlandés para rescatar su banca.

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