Este es el plan de Sanidad para celebrar la Navidad

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, en una imagen de Moncloa
Cierre perimetral de las Comunidades Autónomas entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021
Las reuniones familiares no podrán superar el número máximo de diez personas, salvo que se trate de convivientes
Salvador Illa resume el acuerdo en esta frase: ‘En Navidad nos quedamos en casa y limitamos todos los movimientos prescindibles’
Madrid y Cataluña no han votado a favor pero tendrán que cumplir lo acordado en el CISNS
El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) ha acordado -no por unanimidad- las siguientes medidas y recomendaciones para celebrar la Navidad:
Primero.- Limitación de la entrada y salida en las comunidades y ciudades autónomas
Entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021, las comunidades autónomas y ciudades autónomas harán efectiva la limitación de la entrada y salida en las comunidades y ciudades autónomas, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, así como para los desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas de quienes se desplacen.
A la vista de la evolución de la situación epidemiológica, las comunidades y ciudades autónomas podrán establecer que esta última salvedad, relativa a los desplazamientos a territorios que sean lugar de residencia habitual de familiares o personas allegadas de quienes se desplacen, únicamente resulte aplicable en días determinados. En todo caso, se recomienda evitar o reducir la movilidad geográfica lo máximo posible.
No se ha acordado con qué tipo de justificante específico se podrá acreditar la legalidad de los posibles desplazamientos entre comunidades para estas visitas. El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha apelado a la responsabilidad ‘ampliamente demostrada’ de los ciudadanos…
En cualquier caso, lo previsto en este apartado no será de aplicación en las islas Canarias y Baleares, donde debido a su insularidad, dispondrán las medidas que resulten oportunas.
Segundo.- Encuentros con familiares y personas allegadas
En relación con la limitación de reunión, las comunidades y ciudades autónomas preverán que los encuentros con familiares o con personas allegadas para celebrar las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y del 1 de enero de 2021 queden condicionados a que no se supere el número máximo de diez personas, salvo que se trate de convivientes.
En todo caso se recomienda que estos encuentros se compongan de miembros que pertenezcan al mismo grupo de convivencia y que no se superen los dos grupos de convivencia.
En estos encuentros se deberá tener especial precaución y cuidado con las personas en situación de vulnerabilidad para COVID-19.
Tercero.- Limitación de la movilidad nocturna
En las noches del 24 al 25 de diciembre de 2020 y del 31 de diciembre al 1 de enero de 2021, las comunidades y ciudades autónomas harán efectiva la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno prevista en el artículo 5 del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, pudiendo determinar que la hora de comienzo de esta limitación comience, a más tardar a las 1:30 horas, únicamente para permitir el regreso al domicilio. En ningún caso se utilizará esta ampliación horaria para desplazarse a diferentes encuentros sociales.
Cuarto.- Eventos navideños
Entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021, las comunidades autónomas y ciudades autónomas, en ejercicio de sus propias competencias, no permitirán la celebración de eventos presenciales con elevada afluencia de público o que provoquen aglomeraciones, salvo que se garantice el cumplimiento de lo establecido en el documento de “Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en España”.
Asimismo, se recomiendan celebraciones que puedan garantizar el cumplimiento de las normas de higiene y prevención, tales como cabalgatas estáticas en lugares donde se pueda controlar el acceso, campanadas virtuales o retransmisiones de eventos navideños por televisión u otras opciones telemáticas.
De forma general, la autoridad sanitaria deberá evaluar los riesgos de transmisión de SARS- CoV-2 asociados a eventos o actividades multitudinarias, previendo la adopción de medidas oportunas para reducir el riesgo.
Quinto.- Recomendaciones para el periodo entre el 23 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021
1. Reforzar los mensajes sobre todas las medidas de prevención, incluidas las relacionadas con la ventilación y las actividades al aire libre
Se recomienda a las comunidades y ciudades autónomas reforzar los mensajes en relación con las medidas de prevención (6M): Mascarilla (uso de mascarilla todo el tiempo posible), Manos (lavado de manos frecuente), Metros (mantenimiento de la distancia física), Maximizar ventilación y actividades al aire libre (mantener las ventanas y puertas abiertas en la medida en que sea seguro y factible según la temperatura), Minimizar número de contactos (preferiblemente siempre la misma burbuja) y “Me quedo en casa si síntomas, diagnóstico o contacto”.
2. Regreso a casa de quienes cursan estudios fuera del lugar de residencia familiar
Se recomienda a quienes cursen estudios fuera del lugar de residencia familiar y regresen a casa para las vacaciones, que limiten las interacciones sociales y extremen las medidas de prevención los 10 días antes. Además, deberán atenerse a las medidas preventivas aplicables en cada comunidad y ciudad autónoma.
Una vez en casa, se recomienda limitar los contactos, respetar su burbuja de convivencia e interactuar sobre todo al aire libre, en lugar de en el interior.
3. Restauración y hostelería
Los establecimientos hosteleros seguirán las normas de aforo y prevención, así como el resto de restricciones vigentes en cada comunidad y ciudad autónoma. En particular, en el interior, se garantizará una adecuada ventilación natural o mecánica.
Se recomienda reforzar el mensaje de hacer uso de la mascarilla cuando no se esté comiendo ni bebiendo y se evitará comer del mismo plato.
4. Vía pública
En coordinación con las entidades locales, se recomienda favorecer un mayor uso del espacio público al aire libre de manera que haya más espacios disponibles para la ciudadanía, así como para la realización de eventos culturales, actividades para la infancia o para la hostelería y el comercio, respetando siempre lo dispuesto anteriormente en relación con la celebración de eventos navideños con elevada afluencia de público.
La ingesta de alimentos o bebidas en la calle no será posible, salvo en los espacios acondicionados para ello.
5. Eventos deportivos
No se podrán celebrar grandes eventos deportivos y, en su lugar, se recomiendan modalidades de participación virtual.
6. Eventos culturales
Las actividades navideñas tradicionales que se celebren en cines, teatros, auditorios, carpas de circo o similar se realizarán respetando el aforo previsto en la comunidad o ciudad autónoma correspondiente.
Cuando sea posible, se recomienda que las actividades se realicen al aire libre y siempre garantizando que se cumple la distancia de seguridad para minimizar el contacto entre los asistentes.
7. Celebraciones religiosas
Las ceremonias religiosas en espacios cerrados seguirán las normas de aforo establecidas en cada comunidad y ciudad autónoma.
Se recomienda evitar los cantos, recomendando en su lugar el uso de música pregrabada. Asimismo, se deberán evitarán las muestras físicas de devoción o tradición (besos, contacto sobre imágenes, esculturas, etc.) sustituyéndolas por otras que no conlleven riesgo sanitario.
La celebración de eventos religiosos, tales como la misa del gallo, no será óbice para el cumplimiento de la regulación relativa a la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. Se recomienda ofrecer como alternativa servicios telemáticos o por televisión.
8. Comercio
Se recomienda a la población que organice sus compras con antelación para evitar las grandes aglomeraciones en calles y centros comerciales.
Los comercios y calles comerciales respetarán el aforo previsto en la comunidad o ciudad autónoma correspondiente, asegurándose el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad.
9. Medidas en relación a los centros residenciales socio-sanitarios
Se recomienda que, en aquellos casos en que las personas residentes de centros residenciales socio-sanitarios realicen una salida más prolongada con motivo de las celebraciones navideñas, ésta quede restringida a un único domicilio y manteniendo una burbuja de convivencia estable. A su reingreso se aconseja la realización de una prueba de diagnóstico de infección activa y los días posteriores al reingreso se extremarán las medidas de vigilancia y prevención.
10. Medidas en relación al transporte
Durante el periodo navideño, se recomienda a las administraciones competentes aumentar la frecuencia de horarios del transporte público para evitar las aglomeraciones, garantizando una adecuada ventilación y el cumplimiento de las medidas de prevención, que incluyen no comer y hacer un uso correcto de la mascarilla.
Siempre que sea posible, se recomienda realizar los desplazamientos en transporte al aire libre.
11. Coordinación
Se recomienda establecer una coordinación efectiva con la Federación Española de Municipios y Provincias y las Federaciones Regionales de Municipios para informar de la situación epidemiológica, así como para acordar medidas que se implementen en los municipios y que posibiliten el disfrute de unas celebraciones navideñas diferentes por parte de la ciudadanía, con actividades al aire libre, y cumpliendo las medidas de prevención (6 M) y de limitación de agrupaciones de personas que sean aplicables.
A pesar de que la comunidad autónoma de Madrid ha votado en contra de algunos apartados del acuerdo y de que Cataluña ‘tiene su propio plan’, el Gobierno avisa de que ‘de acuerdo con el orden constitucional de distribución de competencias, este Acuerdo será de obligado cumplimiento para todas las comunidades y ciudades autónomas integrantes del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, con independencia del sentido de su voto’.