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El TS acepta cambiar al juez que revisará la pena de Torra

Quim Torra

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, en una imagen tomada ayer en Lérida

La Sala de lo Penal rechaza la recusación planteada por el presidente de la Generalidad de Cataluña contra los otros once magistrados Supremo acepta la abstención del magistrado ponente del recurso de Torra

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha aceptado la abstención presentada por el magistrado Miguel Colmenero como ponente del recurso de casación interpuesto por el presidente de la Generalitat, Joaquim Torra, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que le condenó por un delito de desobediencia a un año y medio de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electos y al pago de una multa de 30.000 euros.

Torra se negó a retirar símbolos independentistas de las fachadas de los edificios públicos durante la campaña electoral como había ordenado la Junta Electoral Central (JEC). El magistrado ponente solicitó apartarse del caso al haber sido designado miembro de la JEC.

En el marco de esta pieza de abstención, el Pleno de la Sala Segunda ha dictado otro auto, que puede leer aquí, en el que acuerda inadmitir a trámite la recusación planteada por Quim Torra contra los once magistrados de la Sala a quienes correspondía resolver la petición de abstención.

En su auto, afirma que la recusación es ‘extemporánea’ y se funda en ‘causas que se invocan de manera arbitraria, que no guardan relación con el objeto del pleito o causa, que no es otro que un incidente de abstención, y su concurrencia es descartable ab initio si tenemos en cuenta que no comprometen la imparcialidad de los magistrados que se han de limitar a decidir si estiman justificada una abstención’.

Añade que la recusación se plantea contra toda la Sala de lo Penal en el seno de un incidente, por lo que, de acuerdo con distintas resoluciones del Tribunal Constitucional, ‘carece de sustantividad jurídica y no es acreedora de una decisión sobre el fondo’.

Por ello rechaza de plano la admisión a trámite de la recusación.

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