Admitido a trámite el recurso de VOX contra la ‘ley del solo sí es sí’

La ministra de Igualdad, Irene Montero, en una imagen de archivo de Moncloa
Hasta el momento, al menos 253 condenados por delitos sexuales se han beneficiado ya de las rebajas de sus condenas incluidas en la ley del ‘solo sí es sí’
Este martes el Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por VOX contra algunas de las disposiciones de la Ley de garantía integral de la libertad sexual, más conocida como ‘ley del sólo sí es sí’.
VOX considera que la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez vulnera, entre otros derechos y principios constitucionales, la presunción de inocencia -‘la nueva regulación del consentimiento invierte la carga de la prueba’-, la prohibición de indefensión y la seguridad jurídica por el modo de regular el ‘consentimiento’.
El partido liderado por Santiago Abascal también estima vulnerado el principio de proporcionalidad de las penas, por la unificación en un solo tipo penal (agresión sexual) de lo que antes eran dos (abuso y agresión sexual).
Concretamente, VOX ha recurrido la disposición final cuarta, disposición final séptima y disposición final decimoséptima de la ‘ley del sólo sí es sí’.
La ley impulsada por el Ministerio de Igualdad de Irene Montero está generando mucha alarma social debido a que hasta el momento 253 condenados por delitos sexuales se han beneficiado ya de las rebajas de sus condenas incluidas en la misma. Rebajas de penas, por cierto, que han sido respaldadas por el Tribunal Supremo al revisar los recursos presentados en el ‘caso Arandina’.
Hoy mismo la Audiencia Provincial de La Coruña ha acordado revisar las penas impuestas a cinco condenados por delitos sexuales. En uno de los casos, los magistrados han fijado en 13 años de cárcel, en lugar de en 14 años y tres meses de prisión, la condena a un autor de un delito continuado de agresión sexual. En otros dos procedimientos ha decretado imponer cuatro años de cárcel, en lugar de los seis a los que habían sido sentenciados dos autores de un delito de agresión sexual, pues explica que la pena mínima cuando fueron enjuiciados era de seis años y con la nueva redacción del tipo se ha fijado en cuatro años. En otra de las causas los magistrados coruñeses han rebajado de diez a nueve años de prisión la pena impuesta a un condenado por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años.
Por todas estas revisiones a la baja, que se producen todos los días en todos los juzgados y tribunales españoles, provoca aún más indignación el inquietante empeño del Gobierno PSOE-Podemos al negarse a modificar el texto normativo y frenar el reguero de rebajas de penas y excarcelaciones que está provocando la nueva ley.
También en su sesión de este martes, el Pleno del Constitucional ha designado al magistrado Ricardo Enríquez Sancho como ponente para resolver las recusaciones presentadas por VOX contra el presidente Cándido Conde-Pumpido y los magistrados María Luisa Segoviano, Juan Carlos Campo y Laura Díez Bueso en el recurso de inconstitucionalidad presentado contra la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, que deroga el delito de sedición.