El Judicial pide prudencia al vicepresidente del Ejecutivo

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, acompañado del vicepresidente segundo y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias en Moncloa (Foto: Borja Puig de la Bellacasa)
En respuesta a las manifestaciones de Pablo Iglesias criticando la solvencia de los tribunales españoles
El Consejo General del Poder Judicial ha aprobado hoy por unanimidad una declaración institucional para responder al vicepresidente segundo del Gobierno y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, que ayer afirmó que «resoluciones de los tribunales europeos han dejado en mal lugar a la Justicia española y eso supone una humillación para el Estado».
“Desde el más absoluto respeto al derecho de libertad de expresión, la Comisión Permanente apela a la moderación, prudencia y mesura y a la responsabilidad institucional para evitar la utilización política de la Justicia o el cuestionamiento de la independencia, la imparcialidad y la profesionalidad de los jueces y magistrados que integran el Poder Judicial”, dice la declaración firmada por el presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, y por todos sus vocales, Álvaro Cuesta, José María Macías, Pilar Sepúlveda, José Antonio Ballestero, Juan Manuel Fernández, Juan Martínez Moya y Rafael Mozo.
Iglesias se refería a sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que han sido utilizadas torticeramente por los independentistas para poner en duda la imparcialidad de los tribunales españoles al juzgar el «golpe» dado en Cataluña el 1 de octubre de 2017.
A este respecto, el CGPJ alega que en relación con los hechos acaecidos en Cataluña en el otoño de 2017, solo existen dos pronunciamientos de estos tribunales.
El primero, señala el máximo órgano de los jueces españoles, fue la sentencia del TJUE de 19 de diciembre de 2019 dictada en respuesta a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo español y que aclara la cuestión de la inmunidad de los europarlamentarios desde la perspectiva del Derecho europeo en un sentido contrario al sostenido hasta entonces por el propio tribunal europeo, por todos los Estados de la Unión, por la Comisión Europea y por el propio Parlamento Europeo.
En este caso, justifican los firmantes, «una vez conocida la sentencia, el Tribunal Supremo acomodó sus resoluciones a la nueva doctrina y acordó la inhabilitación del procesado Oriol Junqueras, decisión que fue inmediatamente aceptada y ejecutada por el Parlamento Europeo; también solicitó a la Eurocámara la suspensión de la inmunidad de Carles Puigdemont y Antoni Comín, una cuestión que está aún por resolverse.
El segundo pronunciamiento corresponde al TEDH, que confirmó en todos sus extremos la decisión del Tribunal Constitucional de suspender el Pleno del Parlament de Cataluña de 9 de octubre de 2017 y declaró que esa suspensión era “necesaria en una sociedad democrática” para “el mantenimiento de la seguridad pública, la defensa del orden y la protección de los derechos y libertades de los demás”.
La Comisión Permanente también recuerda, en relación con la actuación de otros tribunales respecto de los que no existe subordinación alguna de la Justicia española, que ninguno de ellos ha hecho pronunciamiento definitivo sobre las euroórdenes cursadas a Bélgica contra Carles Puigdemont y Antoni Comín -que se encuentran suspendidas- ni sobre la cursada a Escocia contra Clara Ponsatí -que sigue tramitándose-; y que sólo el tribunal regional alemán de Schleswig-Holstein rechazó, contra el criterio de la Fiscalía de ese país, la entrega de Carles Puigdemont para ser enjuiciado por el delito de rebelión, aunque sí aceptó su entrega por el de malversación de caudales públicos. algo que no aceptó el juez instructor de la causa especial abierta a causa del «golpe».
Por cierto, esa decisión del juez alemán fue rebatida ampliamente por el propio Tribunal Supremo, que un día después ratificó la existencia de indicios del delito de rebelión en los dirigentes encausados por dirigir el «procés».