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El Gobierno extiende la condición de aforados a la Reina y a los Príncipes

Alberto Ruiz-Gallardón

Alberto Ruiz-Gallardón explicando su «más importante reforma»

Tendrán el mismo tratamiento judicial que el presidente del Gobierno, los ministros, los diputados y senadores y la cúpula judicial

Se presenta una profunda reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial

El Gobierno ha decidido incluir en la condición de aforados ante el Tribunal Supremo a la Reina y a los Príncipes de Asturias para que tengan el mismo tratamiento judicial que otros altos cargos, como el presidente del Gobierno, sus ministros, los diputados y senadores y la cúpula judicial. Quedan fuera de esta medida «igualitaria» las Infantas Doña Elena y Doña Cristina e Iñaki Urdangarin.

Según explicó ayer el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, «el aforamiento obedece a las funciones de Estado que se realizan». Gallardón defendió la medida porque la Reina y los Príncipes de Asturias comparten las funciones de Estado que realiza el Rey, que no necesita aforamiento porque la Constitución establece que su figura es inviolable y no está sujeta a responsabilidad judicial.

Este cambio respecto a algunos de los miembros de la Familia Real se engloban  dentro del anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), «el más importante que aborda su ministerio en la presente legislatura», en palabras del propio Alberto Ruiz-Gallardón, porque, añade, «configura la nueva justicia en España durante el siglo XXI». «Esto no es una reforma, es una ley nueva», destacó el ministro.

Entre las principales novedades, el texto plantea que las instrucciones de cualquier causa que realice la Audiencia Nacional sean llevadas a cabo a la vez por tres jueces en lugar de sólo por uno, como ocurre ahora en todos los casos. Asimismo, el articulado también incluye que cuando un juez sienta «perturbado su ecuanimidad» o se sienta «inquietado por algún intento de condicionar indebidamente sus decisiones» podrá pedir amparo al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que, en esas circunstancias, podrá «ordenar a quien perturbe o inquiete a los jueces el inmediato cese en dicha conducta», lo que abre la puerta a que el CGPJ pueda ordenar a la prensa que deje de publicar informaciones que perturben a un juez.

«Aumentan así las garantías de independencia judicial«, aseguró Gallardón, «porque cualquier juez que tenga una perturbación externa podrá solicitar amparo al Consejo General del Poder Judicial y si se siente gravemente inquietado puede solicitar que los asuntos que le correspondan sean llevados o enjuiciados por un colegio de tres jueces para dificultar cualquier presión desde fuera».

Otra novedad es que se refuerza el papel del Tribunal Supremo, mediante la denominada doctrina jurisprudencial vinculante para los tribunales inferiores. La enorme ventaja, según Ruiz-Gallardón, es que, una vez que el Supremo haya establecido que en determinados asuntos su doctrina jurisprudencial es vinculante, habrá una previsibilidad de respuesta de los órganos inferiores, lo que tendrá como consecuencia positiva la reducción de la litigiosidad. «Nadie se mete en un pleito si sabe que la respuesta que le va a dar un tribunal va a ser negativa», dijo ayer Ruíz-Gallardón durante la defensa ante la prensa de su proyecto. El Pleno de cada Sala decidirá cada tres meses cuál de sus sentencia será vinculante y cuáles no.

El titular de Justicia también destacó que se refuerza el recurso de casación ante el Tribunal Supremo para evitar resoluciones contradictorias. A partir de la entrada en vigor de la ley, este tribunal podrá resolver sobre cualquier sector del ordenamiento jurídico.

Otros aspectos importantes de la reforma vienen derivados de la desaparición de los partidos judiciales, sustituidos por 50 tribunales de instancia más los de Ceuta y Melilla, que tendrán el suyo propio. La organización judicial se estructura en Tribunal Supremo, Tribunales Superiores de Justicia, Audiencia Nacional y Tribunales Provinciales de Instancia. Desaparecen los jueces de paz, aunque se mantienen los Juzgados de Paz, que se convertirán en punto de acceso a los terminales de los Registros Civiles.

Alberto Ruiz-Gallardón resaltó el avance en la profesionalidad de la justicia. Al respecto, defendió que la justicia sea impartida por jueces profesionales por lo que «la justicia interina no puede de ninguna forma institucionalizarse«, afirmó el ministro, que explicó que la futura ley contempla una reforma importante de la carrera judicial. El modo normal de ingreso seguirá siendo la oposición libre, pero se suprimen las categorías judiciales, de forma que todos serán jueces, aunque con seis años de antigüedad tendrán el tratamiento honorífico de magistrado.

Por último, el CGPJ determinará por reglamento los criterios para la concesión de las subvenciones para sufragar los gastos estructurales de las asociaciones judiciales.

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