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El Ejecutivo deja velar a los muertos y las bodas pequeñas

Pedro Sánchez

El jefe del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Consejo de Ministros del viernes (Foto: JM Cuadrado)

El BOE publica las medidas de flexibilización en la fase 3 de la ‘desescalada’

No quedará reservada ninguna franja horaria a ningún colectivo aunque se deberán extremar las medidas de seguridad e higiene con los grupos vulnerables

Las terrazas al aire libre pueden abrir al 75% de su capacidad y se permite el consumo en barra siempre que se garantice la distancia de seguridad

Los territorios que pasan a esta fase el lunes son las islas de Formentera, La Gomera, El Hierro y La Graciosa

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica hoy la Orden con las medidas de aplicación en la fase 3 de la ‘desescalada’.

Entre las mismas destacan la de que podrán abrirse los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al 50%. Además, establecerán un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

En esta fase se permite también la apertura al público de las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales aunque se limita su aforo al 40%. Además, el aforo de los locales y establecimientos comerciales ubicados en ellos se fija en un 50%.

En los mercadillos se limitará a la mitad los puestos habituales y los ayuntamientos podrán aumentar la superficie habilitada o establecer nuevos días para el ejercicio de esta actividad.

La hostelería podrá volver a abrir sus terrazas al aire libre al 75% de su capacidad y se permite el consumo en barra siempre que se garantice la distancia de seguridad. Los hoteles y alojamientos turísticos podrán abrir al público sus zonas comunes al 50% del aforo. Asimismo se flexibilizan las condiciones para la práctica de actividades de turismo activo y de naturaleza con grupos de hasta 30 personas.

En el ámbito de la cultura, reabrirán  al 50% del aforo bibliotecas y museos. Y, en materia de deportes se permiten los entrenamientos de carácter medio en ligas no profesionales federadas, así como la celebración de espectáculos y actividades deportivas.

Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios de espectáculos podrán reabrir siempre que cuenten con butacas pre-asignadas y no superen la mitad del aforo autorizado en cada sala.

Se podrán abrir los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios con un aforo máximo del 50%. Y, también se permite la reapertura de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas y locales específicos de apuestas, siempre que no se supere el 50% del aforo permitido y se cumplan las medidas de higiene y prevención previstas en la Orden.

En cuanto a las actividades infantiles y juveniles al aire libre se limitará el número de participantes al 50% de la capacidad máxima habitual, con un máximo de 200 participantes, incluyendo los monitores. Y cuanto tengan lugar en espacios cerrados, se deberá limitar el número de participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual con un máximo de 80 participantes.

En esta fase se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia y no quedará reservada ninguna franja horaria a ningún colectivo aunque se deberán extremar las medidas de seguridad e higiene con los grupos considerados vulnerables al COVID-19. No obstante, los grupos deberían ser de un máximo de 20 personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados.

Las ceremonias nupciales podrán realizarse ya sea en espacios al aire libre o cerrados, siempre que no se supere el 75% de su aforo, y en todo caso un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 en espacios cerrados.

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