1 de 52 de 53 de 54 de 55 de 5 (Sin votos)
| Print This Post

El TC suspende la reforma de Sanchez para controlar la Justicia

TC

El TC vela por los derechos constitucionales de todos los españoles

El Gobierno socialcomunista de Pedro Sánchez pretende vulnerar las leyes para hacerse con el control del órgano intérprete de la Constitución Española y del Poder Judicial

El Tribunal Constitucional ha suspendido cautelarmente la tramitación parlamentaria de las enmiendas que modifican la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), a través de la reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso aprobada en el Congreso el pasado 15 de diciembre.

Basándose en el artículo 56.6 de la LOTC, el órgano intérprete de la Constitución Española admite a trámite el recurso de amparo planteado por el Partido Popular contra las dos enmiendas señaladas y frena así el intento de asalto al Poder Judicial que pretendía el Gobierno socialcomunista de Pedro Sánchez.

Las enmiendas presentadas por socialistas y comunistas pretenden reformar la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) y la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para rebajar las mayorías parlamentarias necesarias actualmente para designar a los magistrados de ambos órganos judiciales.

En su recurso los populares alegan que esto vulnera su derecho de participar en los asuntos públicos pues PSOE y Podemos intentan cambiar unas leyes introduciendo enmiendas en otra norma que no guarda conexión con el texto enmendado. Así es, los partidos que gobiernan en coalición en España junto a golpistas, proetarras y nacionalistas pretenden cambiar la LOTC y la LOPJ a través de la reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso.

El Tribunal aprecia que esa vulneración de derechos fundamentales alegada no carece prima facie de verosimilitud, atendiendo a la doctrina constitucional sobre el ejercicio del derecho de enmienda y la relación de homogeneidad que ha de existir entre las enmiendas y la iniciativa legislativa que se pretende modificar (SSTC 119/2011, de 5 de julio, 136/2011, de 13 de septiembre, y 172/2020, de 19 de noviembre).

Igualmente considera que la cuestión planteada en este recurso de amparo tiene especial trascendencia constitucional al entender que el asunto trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de ‘relevante y general repercusión social’, que, además, tiene ‘unas consecuencias políticas generales’ [STC 155/2009, de 25 de junio, FJ 2, letra g)].

Al auto del Pleno, del que puede leer aquí su parte dispositiva, han anunciado su intención de formular voto particular los magistrados Juan Antonio Xiol Ríos, Cándido Conde-Pumpido Tourón y Ramón Sáez Valcárcel, así como las magistradas María Luisa Balaguer Callejón e Inmaculada Montalbán Huertas.

Tags: , , , , , , ,