Denuncian que la ley del alquiler recorta derechos a los inquilinos para favorecer a los bancos y especuladores

España tiene un nivel de alquiler muy bajo con respecto a Europa (fotocasa)
«No puede fomentarse el alquiler facilitando que se echen personas a la calle»
Comparativa entre la antigua Ley de Arrendamientos Urbanos y la reforma del Gobierno
La Organización Consumidores en Acción (FACUA) ha criticado hoy el proyecto de ley de fomento del mercado del alquiler aprobado ayer en el Congreso porque «minimiza los derechos de los inquilinos para favorecer a los especuladores y a las entidades financieras».
FACUA critica también los recortes en las ayudas a los inquilinos y advierte que el proyecto de ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas tiene una denominación engañosa y contradictoria porque «en lugar de fomentar los arrendamientos, potencia aún más la especulación inmobiliaria. Con la norma, el Gobierno pretende fomentar el alquiler de la misma forma que el empleo, facilitando que se echen personas a la calle aunque cumplan con sus obligaciones», aseguran desde la asociación de consumidores.
La defensora de los consumidores está en contra de que los contratos de alquiler de vivienda no puedan extenderse hasta un mínimo de cinco años, como establecía la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, sino sólo tres. «Se trata de nuevo recorte de derechos para los usuarios en beneficio de los arrendadores que quieran librarse de sus inquilinos para arrendar los inmuebles a un precio más alto», aseguran.
Otro de los puntos «débiles» de la nueva norma es, según la organización, el hecho de que el IPC deje de ser el índice de referencia para actualizar la renta cada año de vigencia del contrato, lo que podrá traer aún más perjuicios para los inquilinos. La reducción de las prórrogas a sólo un año frente a los tres vigentes en la actualidad supondrán también una enorme inseguridad para los arrendatarios de vivienda. Así, tendrán durante doce meses la incertidumbre de si tendrán que buscar otra vivienda en breve o el propietario les exigirá una gran subida para permanecer en el inmueble. Y es que con la legislación vigente desde mediados de los 90, las prórrogas de tres años también implicaban la actualización de las rentas conforme al IPC.
Hasta ahora, los contratos fijaban una renta, actualizable conforme al Índice de Precios al Consumo (IPC) durante los primeros cinco años. Con los cambios que quiere introducir el Ejecutivo de Mariano Rajoy, tras el tercer año el propietario podrá plantear que finaliza el contrato y quitarse de encima al inquilino si tiene a otra persona que le ofrezca más por la vivienda o imponerle a aquél una renta muy superior. Así, ahora, los hasta cinco años de contrato se quedan en tres y las prórrogas pasan de tres a uno.
Para Facua, la agilización de los desahucios a los morosos, sin duda necesaria, no es más que una cortina de humo con la que el Gobierno también recorta derechos a los usuarios en este sector impulsando que cualquier inquilino que asuma escrupulosamente los pagos de las rentas mensuales pueda ser echado a la calle.
El proyecto de ley también contempla la creación de un registro de sentencias firmes de impagos de rentas de alquiler. «Es injusto ya que no se tienen en cuenta las dificultades de la actual coyuntura económica. Y aberrante que los arrendadores vayan a tener acceso a un listado en el que puedan aparecer registradas personas que no hayan podido hacer frente a sus rentas de alquiler de forma puntual. Se trata de una medida totalmente desproporcionada si se tiene en cuenta que los caseros ya están capacitados para exigir numerosas garantías a los inquilinos a través de avales, depósitos y fianzas, e incluso cuentan con la posibilidad de recurrir al desahucio exprés o de exigir judicialmente las rentas impagadas», aseguran desde la asociación, que se pregunta «por qué el Gobierno no plantea la creación de un registro de caseros incumplidores o acosadores, en lugar de inclinar siempre la balanza en contra de la parte más débil».
FACUA tilda de excesivo el plazo establecido de seis años de permanencia en estos ficheros para los supuestos infractores, en el transcurso de los cuales éstos podrían ya haberse recuperado para pasar a ser perfectamente solventes. «La ley podría contradecir la propia ley de protección de datos si, tal como se ha dado a conocer, mantiene como objetivo de la enmienda evitar que los propietarios contraten con quienes ya han tenido el antecedente de obligar a un arrendador a acudir al auxilio judicial o arbitral».
«Y todo esto», dicen, «mientras la primera inmobiliaria del país, Bankia, al igual que el resto de bancos, nacionalizados y no nacionalizados, tienen un inmenso parque de viviendas vacías que ni venden ni alquilan a precios justos para seguir especulando«.
También la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) denuncia «las nuevas modalidades recaudatorias que las autoridades públicas utilizan, con la excusa de defensa al consumidor, para imponer nuevas cargas a los particulares, como el certificado energético y el férreo control a los arrendamientos de verano».
Según la OCU, el certificado energético es una excusa para sacar dinero y critica que bajo la etiqueta de “protección al consumidor” se dictan una serie de normas que, en la práctica, solo tienen por efecto “sangrar al protegido y alimentar las arcas públicas y espurios intereses corporativistas».
A partir del próximo 1 de junio será necesario un certificado energético para poder vender o alquilar un inmueble y los propietarios que vendan o pongan en alquiler un inmueble de construcción posterior a 2007 deberán desembolsar unos 250 euros por un piso medio. «Ese dinero irá a parar a los profesionales encargados de expedir el certificado y a la tasa por registro del documento», aseguran desde la OCU.
«Por poner un ejemplo», dicen desde la plataforma defensora de los consumidores, «en los últimos 12 meses se han vendido 166.000 viviendas de segunda mano en España. Si todos los vendedores hubiesen tenido que obtener el nuevo certificado energético, supondría un coste para los propietarios de más de 41 millones de euros; y eso sin contar con los contratos de alquiler».
Para la organización de consumidores, la justificación que se utiliza es que la exigencia viene de Bruselas y que tiene el fin de mejorar la eficiencia energética de los edificios, grandes consumidores de energía. Pero la OCU pone en duda que mejorar la eficiencia energética sea la verdadera razón porque, si esto fuera así, debería realizarse un control real durante la construcción e instaurarse un plan eficaz de ayudas a la renovación de instalaciones y ventanas. «A día de hoy ni las comunidades de propietarios ni los particulares a título individual disponen de recursos suficientes para incurrir en nuevos gastos y, además, muchos de los propietarios afectados son personas de cierta edad que necesitan tiempo para informarse y adaptarse a los cambios normativos».
La OCU considera que se cumplirían los mismos fines respecto de la eficiencia energética si la norma previera otorgar la menor calificación, la G, por defecto a todos los edificios y viviendas que no obtengan una calificación mayor. El propietario que lo desee, para probar la calidad de su inmueble y justificar así un mayor precio de venta o alquiler, es el que libremente debiera preocuparse por obtener la calificación que le corresponda. Del mismo modo que corresponde al comprador y al inquilino decidir qué valor da a dicho certificado a la hora de optar por determinado inmueble en la compra o el alquiler.
Otro ejemplo de intervencionismo en apoyo de intereses económicos sectoriales y en detrimento de la libertad del consumidor va a ser introducido en la próxima reforma de los alquileres. De manera expresa se va a obligar a los propietarios que ponen en alquiler sus pisos en vacaciones, a someterse al control de la comunidad autónoma y de su ayuntamiento. Por ejemplo, en Cataluña se exige la comunicación previa al ayuntamiento por el propietario que pretende alquilar su piso, la inscripción de la vivienda en un registro, la contratación de una empresa de asistencia y mantenimiento, el sometimiento a la inspección pública, la puesta a disposición de hojas oficiales de reclamaciones, la tenencia de un registro de ocupantes que debe entregarse a la Policía… El incumplimiento de estas obligaciones conlleva sanciones al propietario.
Lo realmente ofensivo, a juicio de la OCU es que todo esto se presenta bajo la excusa de que estos propietarios hacen competencia desleal al sector hotelero, o de que rebajan la calidad de la oferta turística de nuestras ciudades. Se trata de un nuevo ataque a la línea de flotación de las economías domésticas que no pueden vender sus casas en un mercado inmobiliario muerto y que ven como única alternativa alquilar su propiedad.