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Condenan a Interior a reingresar a Pérez de los Cobos en su puesto

Fernando Grande-Marlaska

Fuentes jurídicas apuntan que el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, prevaricó cuando cesó a Pérez de los Cobos (Foto: Moncloa)

El coronel de la Guardia Civil se negó a informar a los responsables políticos del Ministerio del Interior sobre la causa abierta por el 8M que más tarde fue archivada

La sentencia afirma que el cese se produjo por cumplir con la ley y la orden de la juez del ‘caso 8-M’, es decir, por no haber cometido un ‘ilícito penal’

El cese del coronel Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de la Guardia Civil en Madrid (Tres Cantos) ha sido declarado ‘ilegal’.

El actual ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, alegó ‘falta de confianza’ para defender la resolución con la que el 28 de julio de 2020 apartó el coronel de su mando. Y todo porque en la investigación judicial abierta al hasta ahora delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, en el conocido como caso del ‘8M’ abierto por autorizar concentraciones multitudinarias el 8 de marzo de 2020, De los Cobos se negó a informar a Interior de las pesquisas que le había encargado llevar a cabo el juez instructor del caso.

El coronel de la Benemérita se defendió asegurando que su cese era consecuencia directa de no haber accedido a realizar un acto abiertamente ilegal, que es lo que hubiera hecho si hubiera informado a los responsables del Ministerio del Interior sobre una investigación sometida a la más estricta reserva.

En la propuesta firmada por la directora general de la Guardia Civil, María Gámez, se explica que la pérdida de confianza surgió porque Pérez de los Cobos no informó de la investigación que se llevaba a cabo en el Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, y cuyas diligencias fueron archivadas el 12 de junio.

Ahora, el Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo 8 de la Audiencia Nacional ha anulado y dejado sin efecto el cese de Diego Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de la Guardia Civil en Madrid (Tres Cantos-Madrid) y ha condenado al Ministerio de Interior a su reingreso en el puesto.

En su sentencia, que puede leer aquí y que deja en muy mal lugar al ministro del Interior y al Gobierno, el magistrado Celestino Salgado estima el recurso presentado por Pérez de los Cobos contra la resolución que dispuso su cese.

Tras analizar los hechos y las resoluciones adoptadas en el cese, el magistrado explica que se motivó por no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil en el marco operativo y de Policía Judicial, con fines de conocimiento, todo ello en el marco de la investigación judicial por el 8 M abierta en el juzgado 51 de Madrid, que había impuesto a Pérez de los Cobos el deber de reserva.

‘Lo que es indiscutible es que a pesar del deber legal de reserva y de la orden expresa de la Magistrada a la Unida Operativa de la Policía Judicial (UOPJ), se cesó a Pérez de los Cobos por no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil, en el marco operativo y de Policía Judicial, con fines de conocimiento’, indica el magistrado.

‘No constando -añade- en modo alguno qué información se consideraba que debería haber comunicado el recurrente en su condición de Jefe de la Comandancia de Madrid, no podemos concluir más que el motivo de la decisión discrecional de cese era ilegal, en tanto que el cese estuvo motivado por cumplir con lo que la ley y el expreso mandato judicial ordenaban tanto a la UOPJ como a sus superiores, no informar del desarrollo de las investigaciones y actuaciones en curso; lo que, entre otras cosas, podría haber sido constitutivo de un ilícito penal’.

En su sentencia, el magistrado señala que estamos ‘ante un claro ejercicio desviado de la potestad discrecional que aparece expresamente recogido en el propio expediente administrativo -propuesta de cese y resolución del recurso de alzada-, contra lo que es habitual y que ha motivado que difícilmente sea apreciada la desviación de poder por los tribunales’.

‘Es cierto que la decisión de cesar al Coronel Pérez de los Cobos queda desvelada en la propuesta de la Directora General del Cuerpo, dirigida al Secretario de Estado de Seguridad, por -repetimos una vez más-no informar del desarrollo de investigaciones y actuaciones de la Guardia Civil, en el marco operativo y de Policía Judicial, con fines de conocimiento; unas investigaciones que por la legislación aplicable y por las expresas órdenes impartidas por la Magistrada titular del Juzgado de Instrucción nº 51 de Madrid, estaban sujetos al deber de reserva tanto la UOPJ como sus superiores, en este caso el Sr. Pérez de los Cobos’.

Es por ello, subraya, ‘que hemos concluido que aquella motivación es ilegal’.

Para el magistrado, la legalidad no puede ser arrinconada por la discrecionalidad, sino que, por el contrario, las potestades discrecionales deben ejercitarse dentro de la legalidad.

‘El actuar discrecional no puede ser un medio para atentar contra la legalidad o menoscabar la legalidad a la que todos, en definitiva, estamos sujetos. Es por ello que el ejercicio de las potestades discrecionales está sujeto al control jurisdiccional en los términos expuestos’, concluye.

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