Los afectados por la quiebra del Popular no recibirán nada
ADICAE asegura que la JUR desprecia a 300.000 ahorradores-inversores españoles y contradice toda la política de consumo de la UE
La Junta Única de Resolución (JUR) ha decidido no compensar a los antiguos accionistas y acreedores del Banco Popular Español (BPE) por la «resolución» de la entidad y su posterior venta al Santander en junio del año pasado.
Tras analizar la versión no confidencial del informe de «valoración 3» elaborado por Deloitte, la JUR ha tomado la decisión preliminar de «abandonar» a los antiguos accionistas y acreedores del Popular cuyos intereses se vieron afectados por la resolución.
La JUR abre ahora un período de «audiencia», que permanecerá abierto hasta el 14 de septiembre», para que todos aquellos afectados aleguen lo que estimen conveniente contra la decisión.
El informe de Deloitte concluye que en el supuesto de haberse aplicado procedimientos de insolvencia ordinarios las pérdidas totales habrían sido sustancialmente mayores que las pérdidas en resolución. «Los accionistas y acreedores cuyos instrumentos fueron amortizados o convertidos y transferidos en resolución no habrían recibido un mejor trato si BPE hubiera sido liquidada con arreglo a los procedimientos de insolvencia ordinarios». En base a estas afrimaciones, la JUR decide de manera preliminar que no se requiere conceder compensación a los accionistas y acreedores afectados.
Para maximizar la realización de los activos para los acreedores en un período razonable, Deloitte ha considerado tres escenarios de tiempo alternativos (18 meses, 3 años y 7 años) de cara a la liquidación mediante un procedimiento de insolvencia ordinario.
Para cada escenario temporal, el informe presenta el mejor y el peor resultado posible. El escenario de 18 meses, incluido en el informe y que refleja la Ley concursal española, es considerado altamente improbable por Deloitte. Las pérdidas para los acreedores ordinarios en este escenario se situarían entre 8 y 14 mil millones de euros. El escenario de tres años, considerado por Deloitte como el período mínimo para liquidar activos de una manera eficiente, daría como resultado unas pérdidas para los acreedores ordinarios de entre 5,8 y 11,5 mil millones de euros. El escenario de siete años, que representa una reestructuración de los activos a mayor plazo con el fin de obtener tasas de recuperación más altas, todavía daría como resultado unas pérdidas para los acreedores ordinarios de entre 3,3 y 8,5 mil millones de euros.
Además, en un escenario de insolvencia -sin resolución- el Fondo de Garantía de Depósitos habría sufrido pérdidas de entre 1.800 y 2.200 millones.
Durante el «derecho de audiencia» abierto por la JUR los accionistas y acreedores afectados por la liquidación del Banco podrán enviar por escrito las razones para oponerse a la medida y demostrar que fueron afectados por la resolución. Todas las alegaciones serán estudiadas por el organismo antes de tomar una decisión definitiva.
Es más que probable que entre los que presenten quejas estén los miembros de la Asociación de Usuarios de Bancos Cajas y Seguros (ADICAE), que aseguran que la JUR desprecia a 300.000 ahorradores-inversores españoles y contradice toda la política de consumo de la UE. Además, afirman que el banco de Santander y los poderosos lobbies financieros tratan de conseguir aplastar las justas reivindicaciones de cientos de miles de usuarios en caso del Banco Popular.
Por su parte, Richard East, representante del grupo de grandes fondos tenedores de bonos del Popular, entre los que figuran Pimco, Anchorage Capital y Algebris, mostró su «decepción» ante unas conclusiones «irrealistas» que, por otra parte, no le han sorprendido.