Decretado el archivo de la denuncia presentada a raíz del «caso ébola»

Teresa Romero fue la única enfermera contagiada
El sindicato de funcionarios CSIF recurrirá el archivo
Alega que la Inspección de Trabajo cuestionó en un informe el procedimiento de colocación de los equipos de protección individual
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha decidido recurrir ante la Audiencia Provincial el archivo que la magistrada Mª Teresa Abad ha dispuesto sobre la denuncia presentada por este sindicato y otras organizaciones por delitos contra la salud pública y la seguridad de los trabajadores en la denominada crisis del ébola, en la que resultó contagiada la auxiliar de enfermería del hospital Carlos III Teresa Romero.
Según Abad, no resulta «debidamente acreditada la concurrencia de los requisitos necesarios para apreciar la existencia de un delito contra la seguridad e higiene de los trabajadores».
Sin embargo, CSIF considera que el mero contagio de Romero, que también actúa como denunciante, mientras atendía a uno de los dos misioneros fallecidos en este centro hospitalario víctimas del ébola es prueba más que suficiente para acreditar que los medios facilitados a los trabajadores no fueron los necesarios, mientras que la formación que estos recibieron fue escasa, por no decir nula.
La propia Romero aseguró en su declaración del 16 de marzo del año pasado ante la juez Teresa Abad Arranz que no tuvo formación específica para tratar a pacientes infectados de ébola. En este sentido, ha quedado acreditado que tanto Teresa Romero como otros sanitarios del Carlos III sólo recibieron un taller de una hora con nociones básicas sobre el ébola.
A la declaración de esta auxiliar de enfermería, felizmente recuperada, hay que unir la propuesta de requerimiento de la Inspección de Trabajo de 21 de noviembre de 2014 tras la visita efectuada al Carlos III un mes antes.
En dicho informe, la Inspección cuestiona el procedimiento de actuación de colocación y retirada de equipos de protección individual (EPIS) del Hospital La Paz-Carlos III, el cual se había elaborado «sin contemplar la evaluación del riesgo de la acción, ni la información sobre la estructura de la habitación de aislamiento ni de la esclusa de contención (…)».
«No hay identificación de los riesgos ni acciones propuestas para evitar o minimizar el riesgo, ni se establece planificación de responsables ni técnicos para acometer las acciones preventivas», continúa el informe, que más adelante señala: «En definitiva, el procedimiento protocolizado que puede constituir uno de los probables focos de contaminación del personal expuesto a riesgo, a pesar de haberse modificado y ampliado desde el 07.10.2014 no se ha evaluado ni planificado adecuadamente en cuanto a riesgos de seguridad y salud de los trabajadores».
Por otra parte, añade, el auto de archivo del Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid no hace mención a la actuación del SUMMA 112, en concreto su gerente, en la denominada crisis del ébola en lo referido a la aplicación de los protocolos, la ausencia de formación de los profesionales, como los equipos de protección individual (EPI) utilizados.
CSIF presentó en total cuatro denuncias: dos contra el director gerente La Paz-Carlos III ante la Fiscalía y la Inspección de Trabajo, y otras dos contra su homólogo del SUMMA 112 ante los mismos órganos.
Este sindicato entiende en sus escritos que ambos podrían haber incurrido en sendos delitos contra la salud de los trabajadores, tipificado en el artículo 316 del Código Penal, además de otros incumplimientos de la normativa sobre prevención de riesgos laborales y biológicos y de los protocolos sanitarios.
CSIF considera que la magistrada no ha tenido en cuenta el volumen de documentación con el que acompañaron sus denuncias y tampoco los testimonios de trabajadores. El sindicato de funcionario critica a la jueza por no haber aceptado tomar declaración a numerosos sanitarios del Carlos III y otros testigos relacionados con el caso, tal y como se propuso.