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Aprobada la ampliación de la prisión permanente revisable

Meritxell Batet

Meritxell Batet preside ayer la sesión del Congreso

El Código Penal incluirá dos supuestos más, la ocultación del cadáver y la reincidencia, en los que se aplicará esta condena

El Congreso dio ayer el primer paso para ampliar los delitos a los que se aplica la pena de la prisión permanente revisable.

A los supuestos ya contemplados se añaden dos más: la ocultación del cadáver o la negación a revelar dónde lo escondió el asesino y la reincidencia.

Con 277 votos a favor, incluidos los del Partido Socialista (PSOE), que en su día se opuso a este tipo penal llevando ante el Tribunal Constitucional la reforma aprobada por el Partido Popular, la propuesta -del PP y Ciudadanos- continuará su tramitación en la Cámara Baja.

En relación al primer supuesto, además de lo que supone el asesinato de un familiar el hecho de no disponer del cuerpo para enterrarlo por la acción deliberada del delincuente supone un dolor añadido. Que los asesinos se nieguen a revelar el lugar donde ocultaron el cadáver de su víctima cuando no les supone ningún perjuicio penal adicional demuestra que quieren causar más dolor a los familiares de la víctima. Es adecuado en estos casos que el asesinato sea castigado no con la pena de prisión de quince a veinticinco años (artículo 139 del Código Penal), sino con otra más grave que no puede ser más que la de prisión permanente revisable (artículo 140 CP). Se quiere así imponer un castigo mayor al que añade un daño mayor al del propio asesinato.

Además, este cambio proporciona al asesino condenado un estímulo para revelar el paradero del cadáver por poder beneficiarse con la posible suspensión de la pena cumplidos ya veinticinco años de prisión efectiva por apreciación de esa circunstancia a los efectos de lo previsto por el artículo 92.1.c) del Código Penal.

De prosperar la reforma, la prisión permanente revisable también se aplicará en los casos de reincidencia: un delincuente ya condenado por asesinato vuelve a matar cuando es puesto en libertad. Actualmente es más que posible que por beneficiarse de la suspensión de la pena o de permisos penitenciarios el asesino quede libre. Si durante su libertad comete otro asesinato demuestra una tendencia criminal de la que la sociedad tiene el legítimo derecho a precaverse. Actúa en estos casos la pena de prisión permanente revisable como un instrumento de prevención especial respecto del delincuente reincidente.

Como se ha indicado arriba la iniciativa del Partido Popular, Ciudadanos y Grupo Mixto ha sido aprobada con 277 votos a favor, 64 en contra y 2 abstenciones. Los comunistas de Podemos son los que mayoritariamente han votado en contra.

Dado el carácter orgánico del Código Penal la iniciativa con la que se modificará el artículo 140 deberá contar con el respaldo de la mayoría absoluta del Parlamento antes de ser remitida al Senado.

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