65 jueces resolverán las causas abiertas por cláusulas suelo
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A partir del 1 de junio, 65 jueces en prácticas de la 67 promoción de la Escuela Judicial comenzarán a resolver esta clase de litigios en los juzgados especializados de quince grandes ciudades
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado hoy, por 6 votos a 2, la especialización de un total de 54 juzgados de Primera Instancia -uno por provincia en la Península y uno en cada una de las principales islas de los archipiélagos canario y balear-, que, a partir del próximo 1 de junio conocerán, de manera exclusiva y no excluyente, de los litigios relacionados con las «cláusulas suelos».
El CGPJ inicia así un plan de urgencia para hacer frente al previsible aumento de litigios sobre cláusulas abusivas en escrituras hipotecarias como consecuencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2016 en relación con las cláusulas suelo.
El plan estará inicialmente en vigor del 1 de junio al 31 de diciembre de 2017, pero podrá prorrogarse en caso necesario.
El acuerdo aprobado hoy por la Comisión Permanente del CGPJ atribuye a los juzgados especializados la competencia para conocer -en el territorio de la provincia o isla en la que tengan su sede- de los asuntos que ingresen a partir del 1 de junio relacionados con las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.
Estos asuntos se refieren, entre otros, a cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa.
En las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla no es necesaria la especialización de juzgados, por tratarse de partidos judiciales únicos, pero los asuntos de esta clase serán asumidos por un único órgano mediante la modificación de las normas de reparto.
La fecha en la que los juzgados especializados comenzarán a asumir estos «pleitos» coincide con el término del plazo -cuatro meses- dado a los Bancos por el Gobierno en el Real Decreto-ley de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, para que adoptaran las medidas necesarias para que el consumidor y la entidad llegaran a un acuerdo o se tuviera por concluido el procedimiento extrajudicial.
A medida que se vayan conociendo las cifras de ingreso de estos asuntos en los órganos especializados, el Consejo General del Poder Judicial hará una valoración ajustada de las necesidades, de manera gradual y flexible, que será inmediatamente comunicada al Ministerio de Justicia y a las Comunidades Autónomas con competencia en esta materia. Ello permitirá acomodar los medios personales y materiales de cuya dotación son responsables estas Administraciones a las necesidades que vayan surgiendo en el desarrollo del plan de urgencia, con la necesaria flexibilidad.
El plan contempla que en aquellos sitios con menor entrada de asuntos será el titular del juzgado el que asuma la causa, adoptándose las medidas de compensación y refuerzo que resulten necesarias, como la exención parcial de reparto de determinada clase de asuntos, la liberación de sustituciones no voluntarias y el apoyo de los letrados de la Administración de Justicia y funcionarios que sean precisos.
Si el ingreso de asuntos es superior, el órgano judicial podrá contar con un «juzgado bis» atendido por uno o más jueces de refuerzo, así como con los letrados de la Administración de Justicia y funcionarios que se necesiten, lo que se determinará en las evaluaciones mensuales que se irán realizando.
En un primer momento, serán los 65 jueces en prácticas de la 67 promoción de la Escuela Judicial, que han recibido formación específica sobre la materia, quienes realicen preferentemente estas funciones de refuerzo en los órganos especializados.
No obstante, en el caso de que los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia consideren que en los juzgados especializados no existe carga de trabajo suficiente, estos jueces realizarán funciones de refuerzo transversal en el resto de los órganos de la provincia, resolviendo los asuntos de esta naturaleza que hubieran tenido entrada antes del 1 de junio.
Habrá 11 de estos jueces en Andalucía, 2 en Asturias, uno en Baleares, uno en Canarias, uno en Cantabria, 5 en Castilla y León, 4 en Castilla-La Mancha, 6 en Cataluña, 9 en la Comunidad Valenciana, 2 en Extremadura, 5 en Galicia, 8 en Madrid, uno en Murcia, 4 en Navarra y 5 en el País Vasco.
En aquellos lugares donde no se disponga de jueces en prácticas y sea necesario un juez de refuerzo, se podrá adscribir a un Juez de Adscripción Territorial (JAT), a un juez sustituto u ofrecer una comisión de servicio.
Los juzgados especializados de quince grandes ciudades ya cuentan con un juez en prácticas adscrito como refuerzo, que desde el 1 de junio comenzará a resolver los asuntos de la materia objetos de especialización.
Los órganos judiciales que contarán desde el inicio con este refuerzo son los de Málaga, Sevilla, Zaragoza, Las Palmas de Gran Canaria, Valladolid, Toledo, Barcelona, Alicante, Valencia, A Coruña, Vigo, Palma, Madrid, Murcia y Bilbao.
En el resto del territorio nacional, los jueces de refuerzo se incorporarán a partir del 1 de julio, en función de la entrada de asuntos que se registre en cada órgano especializado. En tanto se lleve a cabo la adscripción del juez en prácticas, el titular del juzgado será quien resuelva los incidentes urgentes.